

La Ley de compras estatales de alimentos de origen en la agricultura familiar ya es una realidad. Este sábado, el diario oficial El Peruano publicó la promulgación y puesta en vigencia de la Ley N° 31071.
Así, la presente ley tiene por objeto promover el consumo de productos de la agricultura familiar para, a la vez, mejorar la economía de los productores de la agricultura familiar y coadyuvar de forma constante con la alimentación saludable.
La misma es de aplicación obligatoria para las entidades de la administración pública, siempre que sean responsables de programas sociales o asistenciales que adquieran alimentos de consumo humano.
Estas entidades deberán tener previsto que el 30% de sus adquisiciones anuales de alimentos tendrán que provenir de la agricultura familiar, a través de un procedimiento de compra a cargo de comités de compras públicas de la agricultura familiar (COMPREAGRO).
El Ministerio de Agricultura y Riego será la encargada de difundir la información de las personas naturales o jurídicas licenciadas del signo distintivo “Agricultura Familiar del Perú”, como proveedor de alimentos.
Cabe precisar que la promulgación de la Ley se debe a la firma de la presidente del Congreso, Mirtha Vásquez Chuquilin, luego de vencerse el plazo constitucional para que el presidente de la República la pueda promulgar u observar.
Conoce la Ley que modifica norma para impulsar la agricultura familiar
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