

El Poder Ejecutivo aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1387 que fortalece competencias, funciones de supervisión, fiscalización y sanción, así como la rectoría del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa).
A través de esta medida Senasa reforzará su labor en prevención, corrigiendo conductas o actividades que arriesguen la vida, salud de las personas y animales. También preservará los vegetales y la inocuidad de los alimentos agropecuarios de producción y procesamiento primario para consumo humano y piensos, nacionales e internacionales.
En ese sentido, la entidad sanitaria está facultada a realizar comisos, retorno, inmovilización, cuarentena, retención, reembarque, rechazo, retiro del mercado, incautación, incineración, destrucción, sacrificio, suspender actividades, cancelar registros, cierre o clausura temporal o definitiva, según corresponda a cada actividad.
Finalmente, se le ha conferido las funciones técnicas y administrativas como Autoridad en semillas para normar, promover, supervisar y sancionar las actividades relativas a la producción, certificación y comercialización de semillas de buena calidad.
La norma se dio a conocer mediante el Decreto Supremo N° 013-2019-MINAGRI, publicado el primero de enero del 2020, en el diario Oficial El Peruano.
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