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Ley de Moratoria a los Transgénicos: Minam responde a Agronoticias

La propuesta de reglamento de la Ley N° 31111 solo tiene un periodo de diez días hábiles para recibir aportes de la ciudadanía

27 de febrero del 2021

El pasado 16 de febrero, Agronoticias publicó el informe: “Ley de Moratoria a los Transgénicos: Gobierno pretende aprobar Reglamento ‘express’», dando cuenta que a través de la Resolución Ministerial N° 028-2121-MINAM, publicado el pasado 14 de febrero, se dio un plazo de diez días hábiles para recibir aportes de la ciudadanía para actualizar el Reglamento de la norma, elaborada por el Ministerio del Ambiente.

La directora de la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional del Minam, Karla Urdiales Adrianzén, consideró pertinente acercar a la redacción de Agronoticias algunas precisiones de la Dirección General de Diversidad Biológica del Minal, respecto al artículo citado, a fin de contribuir a la buena información. Y estas son:

  • La Ley n.° 29811, que establece la moratoria al ingreso y producción de organismos vivos modificados al territorio nacional por un período de 10 años, fue modificada por la Ley n.° 31111, la cual fue promulgada por el Congreso de la República el pasado 6 de enero de 2021, ampliando la vigencia de la Ley n.° 29811 hasta el 31 de diciembre de 2035, de manera continua. La Ley n.° 31111 no reemplaza a la Ley n.° 29811, pues solo prorroga el plazo de vigencia.
  • La Primera Disposición Complementaria Final de la Ley n.° 31111 establece que, el Ministerio del Ambiente, bajo responsabilidad, debe presentar un plan calendarizado para el cumplimiento de la finalidad de la Ley n.° 29811, y adecuar el reglamento y demás normas conexas, en un plazo de 60 días calendario. Dicho plazo se vence el 7 de marzo del 2021, y el Ministerio del Ambiente ha dispuesto las acciones para cumplir con lo establecido por la citada ley.
  • La propuesta de adecuación del reglamento, puesta en consulta pública el pasado 14 de febrero de 2021, en concordancia con la Resolución Ministerial n.° 028-2021-MINAM, integra en un solo texto todas las normas relacionadas con la implementación de la Ley n.° 29811, proponiendo mejoras para lograr el cumplimiento de su objetivo y finalidad, tomando como base los avances logrados y las lecciones aprendidas en estos nueve años de implementación.
  • La propuesta de adecuación del reglamento fue trabajada de manera coordinada con las entidades responsables de su implementación, entre los días 7 y 29 de enero de 2021, y puesta en consideración de la Comisión Multisectorial de Asesoramiento, donde participa la sociedad civil, entre los días 3 y 10 de febrero de 2021.
  • Asimismo, cabe precisar que la Comisión Multisectorial de Asesoramiento tiene por objetivo asesorar al Ministerio del Ambiente para una mejor aplicación de la Ley n.° 29811. Por ello, está conformada por las entidades públicas y representantes de la sociedad civil relacionadas directamente con su implementación.
  • La sociedad civil forma parte de la Comisión Multisectorial de Asesoramiento e incluye a representantes de la academia y centros de investigación, de los consumidores, de los gremios de agricultores familiares, de los gremios productores ecológicos y orgánicos, y de los gremios empresariales, con el fin de generar un balance y equilibrio en las discusiones para una mejor aplicación de la norma.
  • Respecto al titular del referido artículo, Ley de Moratoria a los Transgénicos: Gobierno pretende aprobar Reglamento ‘express’, debemos precisar que los plazos fueron establecidos por el Congreso de la República, razón por la cual, todos los esfuerzos están orientados a cumplir con los mandatos establecidos por la Ley n.° 31111, recientemente promulgada.

Minam invita a la a ciudadanía a participar en las reuniones informativas sobre este tema y pone a disposición sus canales oficiales: www.gob.pe/institucion/minam/normas-legales/1682327-028-2021-minam.  A la vez, se pueden realizar consultas y aportes al proyecto normativo a través del correo [email protected].

Ampliación del plazo

Hay que destacar que el 27 de febrero, Minam publicó en el diario oficial El Peruano la Resolución Ministerial N° 039-2021-MINAM, que establece la ampliación del plazo hasta el 6 de marzo para la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29811, modificada por la Ley N° 31111, dispuesta en la Resolución Ministerial citada en esta aclaración, la N° 028-2121-MINAM.

El nuevo plazo se fijó hasta el día anterior al vencimiento del plazo que tenía el Ministerio del Ambiente para entregar el reglamento.


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