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  • viernes 22 de noviembre del 2024

El reglamento de Acceso a los Recursos Genéticos a la espera de contribuciones

Minam lo prepublicó el 10 último. Para el biólogo Santiago Pastor: “20 días para comentarios es limitado”

26 de julio del 2019

Mediante la Resolución Ministerial N° 205-2019-MINAM, publicada el 10 de julio en el diario oficial “El Peruano”, el Ministerio del Ambiente (Minam) prepublicó el proyecto de Decreto Supremo que actualizará el Reglamento de Acceso a los Recursos Genéticos y sus Derivados en el Perú, con el fin de recibir aportes de la ciudadanía en general y personas interesadas en esta materia.

La actualización de dicha norma surge como una necesidad de adecuar dicho instrumento a los nuevos retos del país respecto a la promoción de la investigación científica y la innovación tecnológica, así como la puesta en valor de los recursos genéticos y sus derivados.

“Este instrumento sin duda promoverá la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica, garantizando la participación justa y equitativa en los beneficios por su utilización”, sostuvo el director general de Diversidad Biológica del Minam, José Álvarez.

La actualización del Reglamento ha sido un producto de un trabajo articulado entre el Minam, el Ministerio de la Producción, y el Ministerio de Agricultura y Riego, a través del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre y del Instituto Nacional de Innovación Agraria.

También participaron el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, y el Consejo Nacional Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica.

En este contexto, se espera contar con una amplia participación de los actores vinculados a la investigación, el desarrollo y la innovación tecnológica (I+D+I) basados en recursos genéticos de la biodiversidad peruana, como investigadores, universidades, empresas, así como del público en general.

En la norma también indican que la pre-publicación estará disponible durante 20 días hábiles y está disponible en el link https://www.gob.pe/institucion/minam/normas-legales/283927-205-2019-minam

A través este enlace, la ciudadanía podrá revisar el documento y formular sus opiniones y sugerencias sobre el proyecto normativo, las cuales deberán ser remitidas, por escrito, al Ministerio del Ambiente, ubicado en Avenida Antonio Miroquesada N° 425, piso 4, Magdalena del Mar, Lima, y/o al correo electrónico: [email protected]

AMPLIAR EL PLAZO

Sobre el tema, el docente e investigador de la Universidad Científica del Sur de Lima, Dr. Santiago Pastor Soplin, señaló “que ya existe un Reglamento de Acceso (DS 003-2009-MINAM), y que lo que se está pre-publicando, es una propuesta de modificatoria al Reglamento que ya existe”. 

Asimismo, indica que la modificatoria viene siendo trabajada desde el 2011, y que 20 días para recibir comentarios es limitado, al ser una norma tan compleja y especializada, ya que con ella se modifican las reglas del usufructo del patrimonio genético nacional, y de manera directa o indirecta también involucra  en una parte de los casos, la utilización del conocimiento tradicional, que es patrimonio de las comunidades nativas y pueblos indígenas, a quienes les llegan poco o nada de los beneficios del uso o industrialización de sus productos naturales. 

“La modificatoria del Reglamento de Acceso es la norma del equilibrio entre todos estos actores … 20 días, es muy poco tiempo, más aún cuando estamos en días festivos; creo que sanamente debería extenderse este plazo, por lo menos a 10 o 20 días más”, puntualizó.

 


Opiniones / Comentarios de otras personas
  1. santiago Pastor Soplín dice:

    https://elabcdelabs.blogspot.com/2019/07/acceso-mas-facil-y-rapido-y-la.html#more

    El proceso de acceso a los recursos genéticos tiene una segunda parte que le da sentido a la primera que es la DISTRIBUCIÓN DE BENEFICIOS …

    Fortalecer el sistema para un acceso más fluido, debería estar equilibrado con medidas que GARANTICEN también la distribución de beneficios. No se percibe ninguna mejora en este sentido, en la propuesta … no se detecta nada nuevo en cuanto a DISTRIBUCIÓN DE BENEFICIOS. O sí?

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