

El Indecopi, a través de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD), informó que, desde el pasado 1 de julio de 2021, los productos procesados de fabricación nacional que igualen o superen los límites recomendados de azúcar, sodio y grasas saturadas; además de informar las grasas trans, deberán contar con advertencias publicitarias-octógonos impresos de forma obligatoria según Decreto Supremo N° 018-2021-SA.
Esto se da en el marco del cumplimiento de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable y su reglamento (Ley N° 30021).
En ese sentido, la CCD recuerda a los proveedores que, de acuerdo con lo establecido en el Manual de Advertencias Publicitarias del Ministerio de Salud (Minsa), la fecha límite para el uso de adhesivos con los octógonos en las etiquetas de los productos de origen nacional, fue hasta el 30 de junio de 2021, a excepción de las micro y pequeñas empresas que tienen plazo hasta el 31 de marzo de 2022.
Sin embargo, los productos importados sí podrán usar adhesivos con las advertencias publicitarias en las etiquetas hasta el 31 de marzo de 2022.
Por ello, se les exhorta a consignar, a partir del 01 de julio, los octógonos de forma indeleble (es decir, que no se puedan borrar o quitar) en las etiquetas de sus productos nacionales, los cuales no deberán estar cubiertos de forma parcial o total por ningún otro elemento debiendo estar consignadas de manera clara, legible, destacada y comprensible en la en la zona superior derecha de la cara frontal de la etiqueta o envase del producto.
Como se sabe, las advertencias publicitarias informan si el producto es alto en azúcar, alto en grasas saturadas, alto en sodio o contiene grasas trans.
Es importante precisar que, en caso se verifique un incumplimiento a las normas previamente señaladas, la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del Indecopi se encuentra facultada para iniciar un procedimiento sancionador que podría conllevar a la imposición de una multa de hasta 700 UIT (unidades impositivas tributarias), equivalente a S/ 3’080,000.
Acciones de supervisión
Producto del trabajo articulado entre la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal y la Dirección de Fiscalización del Indecopi, la institución ha podido monitorear y supervisar, de manera constante, el cumplimiento de la Ley N° 30021, Ley de Promoción de la Alimentación Saludable.
Esto también incluye la supervisión y fiscalización de las advertencias publicitarias-octógono en los envases y la publicidad en los medios de comunicación.
De esta forma, a la fecha, se han tramitado 220 investigaciones preliminares, tras las cuales se iniciaron 153 procedimientos sancionadores de oficio; de este último grupo, 77 fueron resueltos en primera instancia.
En cuanto a la supervisión de las advertencias publicitarias específicamente, se llevaron a cabo 146 investigaciones preliminares, 98 procedimientos administrativos sancionadores iniciados y 29 los casos resueltos en primera instancia.
Por otro lado, y en cumplimiento de su rol promotor y preventivo, a fines del mes de mayo del presente, la Comisión envió cartas informativas a más de 190 empresas del sector alimentos, con la finalidad de informar sobre las disposiciones en torno a la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable y los plazos que rigen para la utilización de los adhesivos para los octógonos.
-ADEX pide postergar inicio de segunda fase para uso de octógonos
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