Pasco: Devida inicia entrega de más de 1200 toneladas de abono
24 de agosto del 2023Perú y Tailandia suman esfuerzos para fortalecer la medicina alternativa
24 de agosto del 2023Una de las semanas más bajas del limón fresco
24 de agosto del 2023Perú autoriza primer centro de producción y comercialización de material genético
24 de agosto del 2023Altos precios para la cebolla peruana
23 de agosto del 2023Ica: Identifican accesiones de pallar con genética para generar nuevas variedades
23 de agosto del 2023Perú mejorará oferta de alimentos cárnicos inocuos con 124 mataderos autorizados
23 de agosto del 2023INIA instalará módulos hidropónicos en regiones del sur para producir hortalizas
23 de agosto del 2023Midagri habilita web sobre avances de “Con Punche Perú”
23 de agosto del 2023Establecen requisitos para importar raíces y plantas de frambueso de EE. UU.
Se deberá contar con el permiso fitosanitario de importación emitido por el Senasa, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen
El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) estableció los requisitos para importar raíces y plantas de frambueso (Rubus idaeus L.) de Estados Unidos. Para ello, se deberá contar con el permiso fitosanitario de importación emitido por el Senasa, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen.
El material procederá de plantas inspeccionadas por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF) del país de origen durante el periodo de crecimiento activo del cultivo y mediante análisis de laboratorio encontradas libres de: Arabis mosaic virus, Black raspberry necrosis virus, Cherry leaf roll virus, Cherry rasp leaf virus, Raspberry bushy dwarf virus, Raspberry latent virus, Raspberry leaf curl virus, Raspberry leaf mottle virus, Rubus yellow net virus, Strawberry latent ringspot virus y Strawberry necrotic shock virus (indicar el o los métodos utilizados).
Al arribo del material al lugar de producción autorizado para el seguimiento de cuarentena posentrada, el inspector del Senasa tomará una muestra del envío para remitirla a la Unidad del Centro de Diagnóstico de Sanidad Vegetal del Senasa, con el propósito de descartar la presencia de las plagas enunciadas en la declaración adicional. El costo del diagnóstico será asumido por el importador.
El proceso de cuarentena posentrada tendrá una duración de 12 meses. En dicho lapso, el material instalado en el lugar de producción será sometido por el Senasa a 5 días de inspecciones obligatorias para el seguimiento de la cuarentena posentrada y a una inspección obligatoria final para el levantamiento de la cuarentena posentrada, de cuyos resultados se dispondrá el destino final del producto.
La medida se dio a conocer a través de la Resolución Directoral N° 0012-2020-Minagri-Senasa-DSV, publicada en el diario El Peruano.
Opiniones / Comentarios de otras personas