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  • viernes 26 de abril del 2024

Indecopi ordena retiro del mercado de Bimboletes, Cheese Tris y panetón de Bell’s

Los productos contendrían grasas trans en una cantidad mayor a la permitida.

04 de diciembre del 2021

La Comisión de Protección al Consumidor N.° 3 del Indecopi (CC3) impuso una medida cautelar y ordenó el cese y comercialización de los productos Bimboletes marmoleado de la marca Bimbo, Panetón con pasas y frutas confitadas, de la marca Bell’s; y Cheese Tris de la marca Frito Lay que contendrían grasas trans en una cantidad superior a la establecida por la normativa vigente como es el Decreto Supremo 033-2016-SA.

La decisión tomada con voto en mayoría ordenó a los proveedores Panificadora Bimbo del Perú Sociedad Anónima, Orindale Properties Perú S.A.C., Supermercados Peruanos S.A. y Snacks América Latina S.R.L., comunicar los productos observados a todos sus distribuidores y/o comercializadores, incluyendo a quienes realizan ventas online.

Asimismo, la resolución exige que, en el plazo de siete días hábiles, los cuatro proveedores publiquen, mediante su página web y redes sociales, de tenerlas, la orden contenida en la medida cautelar, para que todos los consumidores puedan conocer el mandato.

También se ordena a las empresas que, en un plazo máximo de 30 días hábiles, contados a partir del día siguiente de notificada la resolución, cumplan con retirar todas las unidades del producto observado que han sido colocadas en el mercado a través de sus diferentes canales de distribución y/o comercialización.

Las empresas cuentan con un plazo máximo e improrrogable de cinco días hábiles, contados a partir del vencimiento de todos los plazos otorgados, para remitir a la Comisión los medios de prueba que acrediten el cumplimiento de lo ordenado.

Procedimientos sancionadores

La medida se suma al inicio de procedimientos administrativos sancionadores (PAS) contra los citados proveedores que habrían incurrido en posibles incumplimientos al artículo 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, al comercializar los mencionados productos con cantidades superiores de grasas trans, es decir en una cantidad mayor a la permitida.

En las pruebas de laboratorio realizadas como parte de las investigaciones, se verificó que en los productos señalados se presentarían ácidos grasos trans de origen tecnológico diferente de la hidrogenación parcial en una cantidad mayor a 2g por 100g de materia grasa.

Las empresas se encuentran en plazo legal para formular sus descargos, así como para presentar su recurso de apelación contra la medida cautelar, ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi, última instancia administrativa de la institución.


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