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  • martes 30 de abril del 2024

¡Senasa prohíbe importación y registro del herbicida PARAQUAT!

Por estar clasificada como “altamente peligrosa”, a partir del 12 de julio del próximo año no podrá comercializarse, distribuirse o fabricarse plaguicidas con este ingrediente activo

13 de julio del 2020

El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) comunicó que a partir de mañana 14 de julio estará prohibida la importación y registro del herbicida Paraquat, un compuesto presente en 18 formulaciones de plaguicidas registrados por el Senasa.

Solo los productos que esten en tránsito al Perú antes de la norma se les permitirá su ingreso al país. Cuatro de estas formulaciones están clasificadas como altamente peligrosas y uno como extremadamente peligros, según la tabla de plaguicidas peligrosos de la Organización Mundial de la Salud.

La Resolución Directoral 0057-2020-MINAGRI-SENASA-DIAIA, publicada en el diario Oficial El Peruano, indica a su vez. que a partir del 12 de julio del próximo año estará prohibido el uso, comercialización, distribución o fabricación de plaguicidas químicos agrícolas que contengan como ingrediente activo al Paraquat.

Esta norma está acorde al informe de la DIGESA-MINSA que, en la ficha de seguridad química, califica a este ingrediente como altamente tóxico y mortal en caso de inhalación, tóxico al contacto con la piel o ingestión, y además puede provocar en los humanos irritación ocular grave y dañar órganos por exposición prolongada.

Asimismo, la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios (DGAAA) del Minagri lo considera una sustancia extremadamente peligrosa, debido a los efectos negativos que produce al ambiente y los riesgos que representa para la salud humana.

Actualmente, el registro de plaguicidas químicos de uso agrícola se realiza conforme al Reglamento del Sistema Nacional de Plaguicidas de Uso Agrícola y la Decisión 804 de la Comunidad Andina, (modificatoria de la Decisión 436, Norma andina para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola), así como la Resolución 2075 que aprueba el Manual Técnico Andino para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola.

Proceso de registro

El proceso de registro consiste en la evaluación administrativa que implica cumplir los requisitos documentarios y formalidades de carácter legal, aspectos agronómicos y especificaciones técnicas a cargo del Senasa, la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (Digesa) del Ministerio de Salud para los aspectos de toxicología humana y la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios del Minagri en los aspectos ambientales.

Los plaguicidas registrados están sujetos a procesos de reevaluación de acuerdo a una nueva información técnico – científica sobre la eficacia, toxicidad o ecotoxicidad, que podrían implicar en algunos casos restricciones para su registro o en otros casos hasta su prohibición.

Los plaguicidas químicos son útiles para proteger los cultivos y productos agropecuarios de las plagas; sin embargo, representan serios riesgos para la salud y el ambiente si se producen, comercializan, usan y manejan en condiciones no apropiadas o si no se utilizan de manera adecuada, por lo que el Estado debe regularlos para salvaguardar de la salud humana y el ambiente.

 


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