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La medida es para garantizar las actividades de producción, comercialización y abastecimiento de alimentos
El Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri) dispuso que los productores, empresarios y trabajadores dedicados a la producción y abastecimiento de alimentos, active los protocolos de seguridad y sanitarias para salvaguardar la salud de las personas dedicadas a la actividad agropecuaria, personal y contratada para dichos fines.
La medida se da en el marco del estado de emergencia que había decretado el Gobierno para contener la propagación del Covid-19 y cuya Resolución Ministerial N°0094-2020-MINAGRI, fue publicada el cuatro de abril en el diario oficial El Peruano.
También se indica que todos los actores involucrados deben tramitar su pase personal laboral o solicitar la autorización correspondiente.
La disposición respecto a la adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, incluye las siguientes actividades:
a) Cosecha de productos agrícolas a nivel nacional.
b) Cuidado y mantenimiento de cultivos, crianza de animales, ordeños, forestales y actividades agropecuarias diversas.
c) Traslado de productos agrícolas, animales vivos para consumo, sus productos y subproductos, apícolas para polinización que dan continuidad a la productividad, a los diversos centros de procesamiento, transformación, acopio, almacenaje, distribución y comercialización.
d) Operación y mantenimiento de centros de procesamiento primario y secundario de alimentos.
e) Elaboración y entrega de materiales e insumos agrícolas, que incluye la importación, formulación, transporte, comercialización de semillas y plantas; guanos de isla, plaguicidas, abonos y fertilizantes incluyendo sus ingredientes activos, aditivos y envases que se utilizan para su formulación y uso.
f) Elaboración y entrega de materiales e insumos pecuarios, que incluye la importación, formulación, transporte, comercialización de forraje, alimentos balanceados y sus componentes, productos veterinarios y material genético.
g) Importación y exportación de productos agropecuarios.
h) Riego de los terrenos de producción agrícola, operación y mantenimiento de infraestructura mayor y menor de riego (presas, represas, bocatomas y canales de riego).
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