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  • viernes 03 de mayo del 2024

Gobierno amplía hasta el 31 de octubre plazo de compra y entrega de urea

También se extiende hasta el 15 de diciembre la incorporación de nuevos agricultores al Padrón de Productores Agrario

01 de agosto del 2022

El Gobierno amplío hasta el 31 de octubre de este año, el plazo para la compra internacional de fertilizante nitrogenado (urea) y la entrega a nivel nacional a los productores, a través del Programa Agro Rural, a fin de garantizar la campaña agrícola 2022-2023.

La medida fue oficializada mediante Decreto de Urgencia Nº 019-2022 publicada en la gaceta de normas legales de “El Peruano”, y lleva la firma del presidente, Pedro Castillo, y ministros de Estado, entre ellos el titular del Midagri, Andrés Alencastre.

La norma extiende hasta el 31 de octubre de este año los  plazos  para adquirir en el mercado internacional la urea y garantizar su entrega a las organizaciones de productores agrarios y productores agrarios individuales, durante el inicio de la campaña agrícola hasta por la suma de S/ 348.8 millones. La vigencia de compra del anterior Decreto de Urgencia (013-2022) vencía el 15 de agosto.

Del mismo modo, se autoriza a Agro Rural  la implementación de las actividades de  operación logística, soporte de la entrega y distribución nacional del fertilizante nitrogenado urea, a fin de asegurar la provisión de este insumo al agro.

Para ello, las contrataciones de los bienes y servicios  que resulten necesarias para la implementación de las  actividades de operación logística, soporte de la entrega y distribución previstas en el numeral 2.3 de la presente norma, que comprende la planificación, almacenamiento, transporte, distribución y monitoreo del proceso de la  entrega del fertilizante, quedan excluidas de la aplicación de lo dispuesto en la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado.

Padrón de productores

Asimismo, el presente Decreto de Urgencia amplía hasta el 15 de diciembre de 2022, la incorporación de nuevos productores al Padrón de Productores Agrarios (PPA), a partir del cual se determinará la lista de beneficiarios, siempre que cumplan con los demás requisitos establecidos en el numeral 4.2 del artículo 4 de esta norma. (A la fecha se han registrado 435 mil productores en el PPA)

Además, se autoriza a las entidades públicas a otorgar  en afectación en uso, previa solicitud del programa Agro Rural, los bienes muebles o inmuebles, de su titularidad o afectados en uso a su favor, para el desarrollo de las operaciones que se deriven de la presente norma.

Agro Rural asumirá los gastos y realizará las acciones necesarias para la adecuación, implementación, y operación de los bienes afectados. Las entidades públicas, titulares de los bienes, o instituciones afectatarias originales, según corresponda, realizarán el mantenimiento general de los mismos y de las áreas comunes, según corresponda; y además el pago de los servicios básicos respectivos.

Bono Wanuchay

Se autoriza excepcionalmente a Agro Rural a transportar fertilizantes orgánicos de pequeños y medianos agricultores del país en regiones priorizadas.  Para ello, el ministerio en un plazo no mayor a 15 días hábiles contados a partir de la vigencia de la presente norma, aprobará los criterios en donde se establezcan la selección de agricultores que accedan a este beneficio.

El presente Decreto de Urgencia tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022.

Finalmente, se establece que el cobro del subsidio monetario individual (bono Wanuchay de S/ 350) autorizado por el D.U Nº 108-2021, sobre medidas extraordinarias para reducir el impacto negativo en la economía de los productores agrarios, podrá hacerse efectivo hasta el 31 de diciembre de 2022.


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