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  • viernes 03 de mayo del 2024

Arroz: aprueban norma técnica para impulsar estándares de calidad

El arroz elaborado deberá estar exento de sabores y olores extraños; libre de impurezas de origen animal, incluidos insectos muertos que representen un peligro para la salud.

05 de noviembre del 2021

El Instituto Nacional de Calidad (Inacal) aprobó los requisitos mínimos de calidad, la terminología y la clasificación del arroz elaborado para su comercialización y consumo humano, con la finalidad de incrementar su oferta exportable en los mercados.

“Este cereal es uno de los más importantes en la canasta familiar de los peruanos, debido a su a su aporte energético y nutricional en nuestro consumo diario, además de ser un producto de gran impacto  comercial a nivel mundial, en ese sentido desde el Inacal, buscamos promover la aplicación de esta norma técnica en la industria arrocera del país, a fin de obtener un producto apto, que cumpla con los estándares de calidad y seguridad exigidos en los distintos mercados internacionales”, destacó Clara Gálvez, presidenta ejecutiva del Inacal.

El arroz, se cultiva en las regiones de San Martín, Piura, Lambayeque, La Libertad y Arequipa, principalmente y su producción ha crecido a una tasa promedio anual de 2,8% durante los últimos 20 años (2000-2019), siendo en el 2019 de 1,9 millones de toneladas como arroz pilado y su equivalente de 3,2 millones como arroz cáscara, según el Midagri.

Principales requisitos de calidad

Esta norma es aplicable al arroz elaborado de la especie Oriza sativa L., destinada a la comercialización para el consumo humano. Excluye a la semilla de arroz.

El arroz elaborado deberá estar exento de sabores y olores extraños; libre de impurezas de origen animal, incluidos insectos muertos que representen un peligro para la salud, lo cual se podrá evaluar con metodología físico sensorial. No deberá contener granos mohosos, germinados, sucios. El contenido de humedad será de 14 % como máximo.

También establece la clasificación del arroz según su clase, la cual se determinará por los valores de la longitud del grano, tales como: corto (menos de 6,2 mm); mediano (de 6,2 mm o más, pero menos de 6,6 mm); largo (de 6, 6 mm o más); mezclado (más del 20 % de mezclas).

El grado se determinará por los valores de los componentes que fijan la calidad, extra; superior; corriente; y popular.

El producto deberá cumplir con los requisitos de higiene, como: libre de parásitos que puedan ocasionar un peligro a la salud. Con respecto a los contaminantes (metales pesados; residuos de plaguicidas; micotoxinas), el arroz elaborado deberá ajustarse a los límites máximos establecidos por el Codex Alimentarius. 

Este producto se comercializará en su envase original (por ejemplo, de 250 g, 500 g, 750 g, 1 kg, 2 kg, 5 kg, 10 kg, 25 kg, 50 kg, entre otros), que permitan mantener sus características de calidad e higiene, asegurando que el mismo no sea alterado, contaminado, adulterado o manipulado en condiciones no sanitarias que representen un peligro para la salud.

Asimismo, debe ser almacenado y transportado bajo condiciones óptimas de humedad, temperatura e higiene para evitar su descomposición, considerando la aplicación y uso de las normas y guías de buenas prácticas correspondientes. El medio de transporte empleado no deberá transmitir al arroz características indeseables que impidan su consumo.


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