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Se establece la participación de más del 35% de los electores que integran el padrón electoral aprobado por la Autoridad Nacional del Agua.
El Gobierno modificó el artículo 8 de la Ley 30157, Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua, el cual establece la participación de más del 35% de los electores que integran el padrón electoral aprobado por la Autoridad Nacional del Agua (ANA), a través de las Autoridades Locales de Agua (ALA), para la elección de Organizaciones de Usuarios de Agua (OUA).
La norma señala además que, de no alcanzar dicho porcentaje, el comité electoral convocará a un segundo acto electoral que requerirá como mínimo la participación del 25%. En caso no se alcance esta última cifra, existirá un tercer acto electoral –y los que sean necesarios– hasta obtener la participación del 20% de electores. Esta modificación se oficializa a través de la disposición complementaria de la Ley Nº 31345.
Diversas organizaciones de usuarios de agua solicitaban la adecuación de esta norma flexibilizando el proceso electoral y fortaleciendo la institucionalidad de los comités y juntas.
Asimismo, en cumplimiento con el Decreto de Urgencia N° 143-2020, y con el soporte técnico normativo de la ANA, se viene desarrollando las elecciones extraordinarias para elegir a los nuevos directivos de las (OUA), en todo el país.
De esta manera, las dos primeras juntas de usuarios que dieron inicio a la etapa de actos electorales para la renovación de sus consejos directivos para el periodo 2021-2024 son: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Guadalupito, perteneciente al ámbito de la Administración Local del Agua (ALA) Moche Virú Chao, región La Libertad. Asimismo, los usuarios de la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Fortaleza, del ámbito del ALA Barranca, región de Lima, también fueron a las urnas.
Con esta acción, se evidencia la continuidad de las elecciones de las OUA. Además, se espera que otras 31 juntas –a nivel nacional– elijan a sus representantes hasta el 22 de agosto. Este proceso se efectúa con la orientación de la ANA. La ONPE participa del proceso electoral, mediante la verificación del desarrollo de las acciones que realizan los comités de elecciones e impugnaciones, acorde a la Ley 30157.
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