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15 de septiembre del 2024Aprueban Protocolo Sectorial para la protección de Defensores Ambientales
El protocolo establece los lineamientos para la coordinación, implementación y evaluación de la aplicación de las medidas de prevención, reconocimiento y protección a cargo del Sector Ambiental.
El Ministerio del Ambiente, mediante Resolución Ministerial N° 134-2021-MINAM, aprobó el Protocolo Sectorial para la protección de las y los defensores ambientales con la finalidad de contribuir a generar un entorno seguro a favor de estos grupos en situación de vulnerabilidad.
El protocolo establece los lineamientos para la coordinación, implementación y evaluación de la aplicación de las medidas de prevención, reconocimiento y protección a cargo del Sector Ambiental en el marco de lo dispuesto en el Mecanismo Intersectorial para la protección de las personas defensoras de derechos humanos aprobado mediante Decreto Supremo N° 04-2021-JUS.
Con ello se busca lograr una intervención integral de los órganos de línea, programas y proyectos especiales del Minam, así como de sus respectivos organismos adscritos en materia de protección de las personas defensoras ambientales bajo la coordinación de la Unidad Funcional de Delitos Ambientales (Unida).
El protocolo precisa la elaboración y alcances del “Informe sobre la situación de los defensores ambientales en el Perú” el cual analizará, en el marco de un proceso participativo, los principales desafíos y riesgos que enfrentan las personas Defensoras Ambientales, a partir de lo cual se formularán recomendaciones para fortalecer las políticas públicas y el marco institucional y legal vinculado con la protección de los Defensores Ambientales en el Perú, así como proponer medidas contra los factores de riesgo para eliminar o mitigar sus causas.
Respecto a las situaciones de riesgo, el protocolo establece que los órganos de línea, programas y proyectos especiales del Minam, así como sus organismos adscritos, deben reportar las situaciones de riesgo que enfrentan las personas defensoras ambientales, identificadas durante el ejercicio de sus funciones.
Dicho reporte será remitido al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus) para su incorporación en el Registro sobre Situaciones de Riesgo de las Personas Defensoras de Derechos Humanos.
Coordinación Sectorial
El Protocolo establece mecanismos de coordinación sectorial para el diseño de las medidas de protección que se otorgarán en el marco del Procedimiento de Alerta Temprana a cargo del Minjus.
Asimismo, delimita los roles de los organismos adscrito y demás órganos del Minam en la implementación de las medidas de protección a favor de los defensores ambientales; cuya monitoreo y evaluación respecto a su eficacia estará a cargo de la Unidad Funcional de Delitos Ambientales (Unida).
Como parte de las medidas de reconocimiento, el Protocolo establece el otorgamiento, de manera honorífica, de la Condecoración del Árbol de la Quina a las personas defensoras ambientales que debido a sus acciones distinguidas han contribuido con la defensa y promoción del derecho a gozar de un medio ambiente sano y sostenible, a través de acciones extraordinarias de defensa y promoción de la conservación del medio ambiente y los recursos naturales.
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