

Durante el año 2021, el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) otorgó 75 autorizaciones de investigación científica de flora silvestre fuera de las áreas naturales protegidas (ANP), con lo cual se supera la cifra de 66 autorizaciones otorgadas en el año 2020.
Los departamentos de Amazonas y Lima fueron los ámbitos con mayor incidencia de investigación científica, concentrando el 28% del total de autorizaciones otorgadas, seguidos de los departamentos de Cusco y Huánuco, con 10% cada uno.
Del total de autorizaciones otorgadas, el 95% corresponde a estudios en los cuales se ha efectuado colecta de material biológico. Asimismo, el 31% de las autorizaciones otorgadas involucró el estudio de especies de nuestra flora silvestre incluidas en los tres apéndices de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES).
Por otro lado, el 64% de las autorizaciones aprobadas abarcó el estudio de especies incluidas en alguna categoría de amenaza, según el D.S. N° 043-2006-AG.
Además, se registró que la gran mayoría del material biológico colectado corresponde a muestras completas para ser depositadas en herbarios; así como a hojas, flores y frutos para análisis moleculares, químicos, entre otros usos.
De igual manera, las principales familias botánicas estudiadas fueron: Fabaceae, Malvaceae, Euphorbiaceae, Rubiaceae y Asteraceae.
Cabe señalar que la mayor parte de las investigaciones autorizadas por el Serfor fueron realizadas por peruanos (91%) y en menor proporción por extranjeros. El 93% de los solicitantes fueron personas naturales y el 7% personas jurídicas. La principal institución científica de donde proceden los investigadores fue la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, seguida por la Universidad Nacional Agraria La Molina, ambas de Lima.
Del total de usuarios autorizados, el 52% fue de mujeres y 48% de varones.
Por otro parte, el 28% de las autorizaciones otorgadas se emitieron en el marco de la excepción del artículo 154° del D.S. N° 018-2015-MINAGRI, que indica que el desarrollo de actividades de investigación básica de flora silvestre haciendo uso de herramientas moleculares para fines taxonómicos, sistemáticos, filogeográficos, biogeográficos, evolutivos y de genética de la conservación, entre otros sin fines comerciales, son aprobadas mediante autorizaciones de investigación.
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