

El 24 de abril de 2022, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, el Reglamento de Clasificación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor.
El citado Decreto dispuso la vigencia del RCTCUM desde el 1 de noviembre de 2022, recayendo la competencia en el Midagri a través de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios (DGAAA) la rectoría para Estudios de Levantamiento de Suelos y Clasificación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor.
Por otro lado, el RCTCUM tiene por finalidad promover y difundir el uso racional continuado de las tierras para conseguir el óptimo beneficio social y económico dentro de la concepción y principios de desarrollo sostenible evitando la degradación de los ecosistemas.
Además, tiene un enfoque preventivo, contribuye a prevenir los efectos del cambio climático y la alta presión antrópica sobre el suelo y su entorno, evitando la degradación de los ecosistemas.
Asimismo, la Clasificación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor representa el basamento donde se apoyan las políticas y acciones para el auténtico manejo y conservación del recurso suelo y de los otros recursos naturales conexos.
El RCTCUM establece que la Clasificación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor está compuesta por dos estudios: (i) El Levantamiento de Suelos, a cargo de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios (DGAAA), y (ii) El Levantamiento de Cobertura Vegetal (bosques), a cargo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor), contando con la Guía Metodológica para el Estudio de Levantamiento de la Cobertura Vegetal (bosques).
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