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El algarrobo está categorizado como “vulnerable”, de acuerdo con el Decreto Supremo N° 043-2006-AG que aprueba la categorización de especies amenazadas de flora silvestre.
El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor), la Policía Nacional del Perú y el Ministerio Público, decomisaron 1,373 sacos equivalentes a 67,095 kilos de algarrobo (Prosopis pallida) y 35 metros cúbicos de leña de algarrobo, por no poder demostrarse la tenencia legal del producto.
Lo incautado se encontraba en un establecimiento registrado y autorizado como lugar de acopio y depósito de productos forestales en el distrito de Cieneguilla, en Lima.
En la inspección se encontró que si bien los productos de algarrobo tenían sus guías de transporte forestal (GTF), estas indicaban como lugar de destino otra dirección diferente a la del lugar intervenido. Tras la revisión de las GTF se pudo comprobar que no sustentaban la procedencia, ni la tenencia legal de los productos forestales intervenidos.
Infracción muy grave
Se inició el procedimiento administrativo sancionador (PAS) contra la empresa intervenida, por la presunta comisión de la infracción tipificada en el literal “g” del numeral 207.3 del artículo 207 del Reglamento para la Gestión Forestal que indica que constituye una infracción muy grave “adquirir, transformar, comercializar, exportar y/o poseer recursos y/o productos forestales, extraídos sin autorización”.
Esta infracción es plausible de sanción y del pago de una multa, sin perjuicio de la responsabilidad penal.
Cabe mencionar que el algarrobo está categorizado como “vulnerable”, de acuerdo con el Decreto Supremo N° 043-2006-AG que aprueba la categorización de especies amenazadas de flora silvestre.
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