Aprueban reglamento para otorgar subsidio de S/ 270 por alza de alimentos
Son potenciales beneficiarios del subsidio las personas mayores de edad con DNI que forman parte de tres tipos de hogares. Aquí´los detalles:
09 de septiembre del 2022
El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) publicó el Decreto Supremo que aprueba el reglamento para otorgar el subsidio monetario individual a favor de personas mayores de edad en situación de vulnerabilidad económica por efectos del incremento de precios de los alimentos.
Potenciales beneficiarios
Son potenciales beneficiarios del subsidio las personas mayores de edad con DNI que forman parte de tres tipos de hogares:
- Hogares en condición de pobreza y pobreza extrema de acuerdo con el Padrón General de Hogares (PGH) del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH) que administra el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.
- Hogares usuarios/as del Programa Juntos y/o hogares que cuenten con algún integrante que sea usuario(a) del Programa Pensión 65 y/o el Programa Nacional del Entrega de la Pensión no Contributiva a Personas con Discapacidad Severa en Situación de Pobreza – Contigo, a cargo del Midis, exceptuando los/as ciudadanos/as beneficiarios/as de la subvención extraordinaria adicional dispuesta por el artículo 20 de la Ley N° 31538.
- Hogares comprendidos en los literales anteriores cuyos integrantes no se encuentren registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) que administra el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) o en la planilla privada que administra el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), exceptuándose a los pensionistas, sobrevivientes y a la modalidad formativa.
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