

La Presidencia del Consejo de Ministros aprobó la estandarización de 10 procedimientos administrativos, cuatro referidos al sector forestal y seis a fauna silvestre, con la finalidad de acortar procesos, actividades y plazos a favor del ciudadano, mediante el Decreto Supremo Nº 044-2021-PCM.
En materia forestal se tiene la autorización de extracción de plantas medicinales, especies arbustivas y herbáceas; inscripción de plantaciones forestales (predios privados y comunidades) y autorización para actividades de pastoreo.
Los procedimientos referidos a fauna silvestre son la autorización de uso de aves de presa para el control biológico; la autorización de tenencia de especímenes de fauna silvestre nativa y exótica; el otorgamiento de licencia para la captura comercial o para la práctica de cetrería; la autorización de la tenencia de aves de presa procedentes de zoocriaderos para la práctica de cetrería, otorgamiento de licencia para la Caza Deportiva y para conductores certificados.
El gobierno central y las regiones de San Martín, Loreto, Ucayali, Madre de Dios, Amazonas, La Libertad, Tumbes, Ayacucho y Huánuco realizaron la coordinación del proceso.
Los gobiernos regionales tienen un plazo de hasta cinco días hábiles, a partir de la publicación del documento (12 de marzo), para adecuar sus Textos Únicos de Procedimientos Administrativos – TUPA a la nueva normativa.
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