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  • domingo 23 de marzo del 2025

Titular de Comisión de Economía: Nueva ley de régimen laboral es beneficiosa para trabajador

Anthony Novoa dijo que hay conformidad de parte de los trabajadores en torno al bono equivalente al 30 % de una remuneración mínima vital; es decir, S/ 279.

30 de diciembre del 2020

El presidente de la Comisión de Economía, Anthony Novoa, manifestó que la nueva ley del régimen laboral agrario es beneficiosa para los trabajadores y descartó que sea inconstitucional.

Indicó que hay conformidad de parte de los trabajadores en torno al bono equivalente al 30 % de una remuneración mínima vital; es decir, S/ 279.

Además, aseguró que la ley establece que la jornada laboral ordinaria no debe exceder de ocho horas por día y si eso sucede habrá horas extras pagadas, además de otros derechos como asignación familiar, vacaciones, gratificaciones y el fortalecimiento de la negociación mediante sindicatos.

Novoa precisó que el Congreso no puede establecer una remuneración mediante una ley, por eso lo aprobado pasa por un tema de bonificación y es constitucional.

«El incremento no podía ser remunerativo porque hubiera sido inconstitucional, por eso lo que aprobamos fue una bonificación», dijo el legislador en ‘RPP Noticias’.

En la víspera, el pleno del Congreso aprobó el texto sustitutorio referido a la Ley del régimen laboral agrario y de incentivos para el sector agrario y riego, agroexportador y agroindustrial.

La aprobación se da después de 25 días de derogar la anterior norma. La nueva ley contó con 58 votos a favor, 32 en contra y 29 abstenciones, en primera votación. Posteriormente se aprobó la exoneración de segunda votación.

Nueva ley agraria

Esta nueva ley agraria establece una Bonificación Especial por Trabajo Agrario (BETA) de 30% de la Remuneración Mínima Vital (RMV), lo que actualmente suma S/ 279.

El BETA puede pagarse mensualmente o en proporciones diarias en función al número de días laborados. Es necesario señalar que dicho bono no tiene carácter remunerativo.

En este nuevo texto sustitutorio se eliminó el artículo que incorporaba en la norma a las actividades relacionadas al cultivo de la palma aceitera y en su reemplazo, se agregó la octava disposición complementaria final, en donde es establece que el régimen laboral alcanza a esa industria, pero no los beneficios tributarios.

Igualmente, la norma establece que los trabajadores del sector participen del 5% de las utilidades de sus empresas entre los años 2021 y 2023; del 7.5% entre los años 2024 y 2026; y del 10% desde el 2027.

Asimismo, plantea que las empresas con ingresos netos no superiores a las 1,700 UIT pagarán una tasa de 15% de Impuesto a la Renta (ya no 10%) entre los años 2021 y 2030. Desde el 2031 en adelante pagarían la tasa de 29.5% del régimen general.


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