Facebook Twitter Instagram Soundcloud Youtube Email Enlace
  • viernes 06 de diciembre del 2024

Presentan proyecto de ley de fortalecimiento y promoción de las cooperativas agrarias

La norma tiene por objeto desarrollar el marco normativo que permita el fortalecimiento organizacional, fomento y promoción de las cooperativas agrarias de usuarios y de sus organismos de integración.

10 de junio del 2021

A iniciativa de la Plataforma de Gremios de Cooperativas Agrarias, presidido por Tomás Córdova, el pasado 20 de mayo fue presentado como proyecto de ley al Congreso de la República el Proyecto de Ley de Fortalecimiento y Promoción de las Cooperativas Agrarias.

La norma tiene por objeto desarrollar el marco normativo que permita el fortalecimiento organizacional, fomento y promoción de las cooperativas agrarias de usuarios y de sus organismos de integración, dotándolas a su vez de un régimen tributario que responda a su naturaleza y al tipo de actos que desarrollan con sus socios.

Según el proyecto de ley, las Cooperativas Agrarias de Usuarios serán identificadas como tales o simplemente como Cooperativas Agrarias.

Establece que una Cooperativa Agraria de Usuarios es una sociedad de personas que realizan actividad agrícola y/o forestal y/o ganadera, que se han unido de forma voluntaria mediante una empresa de propiedad conjunta y democráticamente controlada que cumple con los Principios Cooperativos.

En tanto, la Cooperativa Agraria de Usuarios se constituye con el objeto de brindar servicios relacionados con la actividad agrícola y/o forestal y/o ganadera que sus socios realizan, practicando con ellos Actos Cooperativos. Entre los servicios que puede brindar la Cooperativa a sus socios se encuentran el abastecimiento de productos y servicios, comercialización, procesamiento, transformación, servicios productivos y post productivos en general, servicios de valor agregado, financiamiento y asesoría técnica, así como cualquier otro servicio conexo o complementario que coadyuve a la realización de su objeto. Estos servicios pueden ser excepcionalmente prestados a terceros, en cuyo caso califican como Actos de Comercio. De manera enunciativa, el Reglamento podrá establecer una lista de las actividades de transformación, sin que ello implique una delimitación de sus alcances dentro del proceso de producción.

El proyecto de ley también establece la conformación del Consejo Nacional de Cooperativas Agrarias (CONACA), que es una comisión multisectorial, de carácter permanente, que estaría integrada por representantes del Poder Ejecutivo y del movimiento cooperativo agrario. Se constituiría como el órgano del más alto nivel encargado de la coordinación, planificación, fomento e investigación de la actividad cooperativa agraria en el país.


Opiniones / Comentarios de otras personas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

No te pierda las últimas noticias

Registrate con una cuenta gratuita y recibiras toda la noticia sobre sus temas favoritos.

Anterior