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La decisión se tomó en el marco del convenio de Rotterdam que firmó el Perú en el 2004.
El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) prohibió el registro, importación, fabricación, formulación local, comercialización, almacenamiento, envasado, y uso de formulaciones comerciales de plaguicidas agrícolas que contengan el ingrediente activo Forato, así como de los derivados y compuestos formulados con este ingrediente activo.
Según la Resolución Directoral Nº 0002-2021-MIDAGRI-SENASA-DIAIA, publicada hoy en el diario El Peruano, la decisión se tomó en el marco del convenio de Rotterdam que firmó el Perú en el 2004.
Ese tratado acordó en el 2019 incluir en su Anexo III al plaguicida Forato, clasificándolo como extremadamente peligroso y muy tóxico.
La inclusión tuvo como fundamento el documento de orientación para la toma de decisiones del plaguicida Forato, en el que se indicó que el Brasil prohibió su uso por los riesgos previstos en la exposición de los trabajadores agrícolas, los transeúntes y la población en general, por su parte Canadá concluyó que el uso del Forato en dicho país representaba alto riesgo para el medio ambiente.
Si bien en Perú no hay evidencia de la comercialización de dicho componente, se solicitó al Perú adoptar medidas para prevenirlo, pero este tipo de peticiones podrían presentarse en cualquier momento, por lo cual se deben adoptar medidas en torno a este ingrediente activo, indica la resolución.
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