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Programas estatales asistenciales deberán adquirir del total de sus requerimientos anuales previstos, hasta el 10% en el año 2022; hasta el 20% en el 2023 y a partir del año 2024 como mínimo el 30% de alimentos provenientes de la Agricultura Familiar.
En el Día del Campesino y en la Semana de la Agricultura Familiar, el Poder Ejecutivo, mediante Decreto Supremo N° 012-2021-Midagri, aprobó el Reglamento de la Ley Nº 31071 de Compras Estatales de Alimentos de Origen en la Agricultura Familiar, que incluye el lanzamiento del Compragro, el cual es un nuevo sistema de compras estatales en beneficio de los pequeños agricultores familiares.
Al respecto, el ministro de Desarrollo Agrario y Riego, Federico Tenorio, sostuvo que la norma establece compras hasta el 30% de productos de la Agricultura Familiar.
“Sabemos que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) realiza adquisiciones superiores a los 2,000 millones de soles anuales en alimentos. Si logramos que el 30% de esas compras provenga de la Agricultura Familiar, serán más de 600 millones de soles que se podrán adquirir a este importante sector agrícola”, indicó.
Se estima que en el primer año (2022) se alcancen compras por un valor de hasta S/ 214 millones, las que beneficiarán a más de 90,000 productores de la Agricultura Familiar de todo el país, quienes podrán abastecer de alimentos agrarios e hidrobiológicos a los programas sociales, de apoyo y/o asistenciales de las entidades de la administración pública.
Este sistema permitirá que más de 600,000 productores de la Agricultura Familiar, de manera individual u organizada, puedan ofrecer alimentos de origen agrícola, pecuario, forestal no maderable, hidrobiológico a los programas sociales, de apoyo y/o asistenciales de las entidades de la administración pública, informó la agencia Andina.
Programas de apoyo
Según la norma, los productores de Agricultura Familiar podrán colocar los alimentos que produzcan en las entidades de la administración pública, que cuenten con programas de apoyo y/o asistenciales creados, desarrollados o ejecutados por el Estado, que para el desempeño de sus funciones adquieran alimentos. Se pueden destacar los programas Qaliwarma, Cunamás, Programa de Complementación Alimentaria, entre otros.
El dispositivo establece que los productores podrán ofrecer alimentos agrícolas (verduras, granos, tubérculos, frutas, leche, quesos, yogurt, entre otros), pecuarios (carnes de res, cerdo, cuy, alpaca, etc.) y forestales no maderables, así como productos hidrobiológicos de acuicultura y de la pesca artesanal destinados al consumo humano, que no han sido preparados culinariamente.
Los productores/as u organizaciones de productores/as de alimentos agrarios deberán contar con el signo distintivo denominado Agricultura Familiar del Perú, que se implementará para dicho fin, así como las condiciones de inocuidad agroalimentaria.
Las entidades del sector público que cuenten con estos programas de apoyo y/o asistenciales, deberán adquirir del total de sus requerimientos anuales previstos, hasta el 10% en el 2022; hasta el 20% en el 2023 y a partir del 2024 como mínimo el 30% de alimentos provenientes de la Agricultura Familiar.
Compragros
Los programas sociales y/o asistenciales a los que corresponda deben constituir el o los Compragro, que serán órganos con vigencia permanente, y que tendrán la misión de ejecutar las compras de alimentos de la Agricultura Familiar.
El Compragro se encargará de coadyuvar en la planificación y ejecutar el procedimiento de compras de alimentos de origen en la agricultura familiar a nivel local. Se pueden constituir más de un Compragro, siempre que el programa tenga alcance nacional o regional.
Las compras de alimentos de origen en la agricultura familiar se podrán realizar a través de procedimientos de compras mayores (por encima de las 8 UIT) o compras menores (por debajo de las ocho unidades impositivas tributarias).
El productor/a u organización de productores/as pueden registrarse gratuitamente para participar en los procedimientos de compras, mediante el uso de correo electrónico o de forma presencial, de acuerdo con lo establecido en las bases del procedimiento.
En el segundo semestre del año se aprobarán los instrumentos complementarios para que los programas puedan contar con todos los elementos necesarios para ejecutar el régimen especial de compras, tales como el Padrón de Productores Agrarios y el signo distintivo Agricultura Familiar del Perú.
La misma norma establece que, en un plazo de 60 días hábiles, el Midagri aprobará las disposiciones específicas que permitan a las entidades de la administración pública a nivel nacional adquirir fibra de camélidos sudamericanos y ovinos proveniente de los productores de la Agricultura Familiar.
Hasta el 2024, el/la productor/a de la Agricultura Familiar, no registrado en la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat), podrá participar de los procedimientos de compras menores.
Luego de dicho plazo, todo productor/a de la agricultura familiar deberá contar con registro en la Sunat para participar de los procedimientos de compra de alimentos.
Para revisar los detalles de la norma, puede ingresar a este enlace.
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