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  • sábado 20 de abril del 2024

Inacal establece requisitos de calidad del aguaje para promover su comercialización

Se aprobó la Norma Técnica Peruana sobre requisitos mínimos que debe cumplir el aguaje para su comercialización, destinado al consumo humano y uso industrial

15 de octubre del 2020

El Instituto Nacional de Calidad (Inacal) aprobó la Norma Técnica Peruana sobre requisitos mínimos que debe cumplir el aguaje para su comercialización, destinado al consumo humano y uso industrial, con el fin impulsar los estándares de calidad en la cadena productiva de este fruto de gran importancia comercial en nuestra selva peruana.

El aguaje o también conocido como el árbol de la vida, es un fruto que crece de una palmera proveniente de bosques inundables de nuestra Amazonía, que puede alcanzar aproximadamente unos 35 metros de altura.

Tiene un aspecto externo escamoso de color pardo a rojo oscuro y su interior puede ser de color amarillo, anaranjado o rojizo. Sus drupas son de distintos tamaños y formas, su pulpa puede ser de textura liza o arenosa, de sabor ácido o agridulce.

Clara Gálvez, presidenta ejecutiva del Inacal, señaló que este fruto amazónico es muy importante para impulsar el desarrollo comercial de las regiones Loreto, Ucayali, Huánuco y San Martín, debido a que “es una de las principales fuentes de ingreso económico de muchas familias y la aplicación de esta norma técnica en los procesos productivos de este cultivo permitirá mejorar su calidad y facilitar el acceso para su comercialización a más mercados locales e internacionales”.

La norma “NTP 125.001:2019 Frutos de Palmera. Aguaje. Requisitos” explica las definiciones, clasificación y requisitos de calidad de este fruto amazónico, tales como: estar enteros, sanos, limpios, libres de cualquier materia extraña visible o plagas que afecten al aspecto general del producto. No deberá presentar humedad externa anormal, salvo la condensación resultante al salir de una cámara frigorífica.

En cuanto al desarrollo y condición del aguaje, esta deberá alcanzar el grado apropiado de madurez fisiológica (color rojo oscuro); soportar el transporte y la manipulación; llegar en buen estado a su lugar de destino para la fase de maduración; el fruto debe tener el pedúnculo o tallo durante el transporte desde su lugar de origen, el mismo que deberá ser retirado solo al iniciar la etapa de industrialización.

Asimismo, la norma establece que el aguaje se clasifica por el color en dos grupos:

Rojizos:

-Shambo: Es un aguaje tiene la pulpa de coloración rojiza – anaranjada, y su consumo es directo como fruta. Este ecotipo no se recomienda para preparar refrescos, chupetes, entre otros, debido a que toma una coloración negruzca.

-Rojizo o color:  Es un aguaje, cuya pulpa tiene la característica rojiza solamente en la parte superficial, siendo el espesor restante de la pulpa de coloración amarilla.

Amarillos:

-Amarillo: Su pulpa es de color amarillo, el fruto tiene de regular a buena aceptación en su consumo directo, debido a su peculiar coloración y sabor ácido en algunos casos. Sirve para la elaboración de “pulpa de aguaje”, refrescos, chupetes, helados entre otros. Además, el fruto tiene diferentes tamaños y formas, así como mayor contenido graso.

-Ponguete:  Este aguaje es sinónimo de amarillo pálido. Tiene una pulpa delgada, de sabor ácido; generalmente es de textura arenosa. Es utilizado para chupetes, “pulpa de aguaje”; no es muy apetecible para el consumo directo.

Con respecto a la descripción de los envases para el aguaje, estos deberán satisfacer las características de calidad, higiene, ventilación y resistencias necesarias para asegurar la manipulación, el transporte (terrestre y fluvial) y la conservación apropiados de los frutos amazónicos.

Asimismo, los envases deberán estar libres de cualquier materia y olor extraño, que perjudique la calidad del producto.

De esta manera el Inacal, a través de la Dirección de Normalización, elaboró esta norma con el Comité Técnico de Normalización de Frutas Amazónicas y Derivados – Subcomité Técnico de Normalización de Frutos de Palmera, para promover su uso y mejorar la comercialización del aguaje destinado al consumo humano y uso industrial.

Esta norma es de carácter voluntario y se encuentra disponible para su lectura en línea en la plataforma “Sala de Lectura Virtual” en la página web: www.inacal.gob.pe.


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