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28 de febrero del 2021Cajamarca: declaran en emergencia al distrito de San Ignacio por huaico
La medida estará vigente por 60 días calendario.

El Gobierno declaró el estado de emergencia en el distrito de San Ignacio, ubicado en la provincia del mismo nombre, región Cajamarca, afectado por la caída de un huaico provocado por las lluvias intensas que se registran en dicha jurisdicción.
Según el Decreto Supremo N° 003-2021-PCM, publicado hoy en el Diario El Peruano, la medida estará vigente por 60 días calendario.
La norma precisa que durante ese periodo se podrán ejecutar medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan.
Asimismo, la medida se sustenta en el informe técnico elaborado por Indeci que opina por la procedencia de la solicitud de declaratoria de estado de emergencia.
Precisa que, como consecuencia de las fuertes precipitaciones pluviales, se produjo un huaico que afectó vías de comunicación en el sector Casa Quemada (tramo San Ignacio–Jaén), sector Perico (tramo San Ignacio-Puerto La Balsa) y el colapso de los servicios de agua potable, alcantarillado y la planta de tratamiento de aguas servidas, en el distrito de San Ignacio.
Igualmente, agrega que el Gobierno Regional de Cajamarca, y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y la participación de los ministerios de Salud, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Transportes y Comunicaciones, Interior y Defensa, y demás instituciones públicas y privadas involucradas; ejecutarán las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación en las zonas afectadas.
Subraya que dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.
Refiere también que la implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente.
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