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  • jueves 25 de abril del 2024

Agricultura Familiar: Conveagro rechaza Reglamento de Ley de Compras que excluye a Qali Warma

Es inadmisible que se busque perjudicar a los 2,2 millones de familias de nuestra agricultura familiar, con un texto lesivo que retira del alcance de la ley a Qali Warma, el programa más grande de compras alimentarias del Estado.

25 de marzo del 2021

La Convención Nacional del Agro Peruano (CONVEAGRO), rechaza tajantemente la propuesta de reglamentación de la Ley N°31071, Ley de compras estatales de alimentos de origen en la agricultura familiar que propone el MIDAGRI. En el Artículo 2 se define como ámbito de aplicación: “La presente ley es de aplicación obligatoria para las entidades de la administración pública señaladas en el artículo I del Título Preliminar de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, siempre que sean responsables de programas sociales y/o asistenciales u otro similar que, directa o a través de terceros, adquieran alimentos de consumo humano”.

Es en ese sentido, que CONVEAGRO coherente con su rol histórico de defender la producción agropecuaria nacional expresa lo siguiente:

1.- Es inadmisible que se busque perjudicar a los 2,2 millones de familias de nuestra agricultura familiar, con un texto lesivo colocado en la tercera disposición complementaria final que retira del alcance de la ley a Qali Warma, el programa más grande de compras alimentarias del Estado. Posiblemente también se busque excluir al programa Vaso de Leche perjudicando también a la ganadería lechera nacional y a los productores de granos andinos.

2.- Para compras mayores (a partir de 8 U.I.T.) se coloca como norma supletoria la ley de contrataciones del Estado y su reglamento, donde se limita expresamente la participación de los postores a ofertar productos presentados en latas o cajas multilaminadas (comida ultra procesada), gran experiencia en ventas y fianzas bancarias imposibles de cumplir por un agricultor. Es claro que los pequeños productores y productoras solo podremos ofertar alimentos nutritivos y no industrializados, que paradójico.

3.- No se considera como integrantes del comité de compras COMPRAGRO, a ningún representante de los agricultores. Donde queda entonces la participación ciudadana.

4.- Es imperativo que el pago de los productos alimenticios sea en el plazo más corto (05 días), al haber cumplido con entregar productos inocuos y tener la conformidad de entrega del bien.

5.- Es lamentable que se ignore lo dispuesto en la disposición complementaria transitoria de la Ley: Compras públicas de fibra de camélidos y ovinos – El Ministerio de Agricultura y Riego establece las disposiciones específicas que permitan a las entidades de la administración pública a nivel nacional adquirir fibra de camélidos sudamericanos y ovinos proveniente de los productores de la agricultura familiar.

Ministro Federico Tenorio Calderón, confiamos que usted intervenga para cambiar esta propuesta de reglamentación adversa a los intereses de los hombres y mujeres del campo, no es posible que se busque seguir representando el interés de los grupos económicos de poder y de las grandes industrias importadoras de alimentos en el MIDAGRI. Hacemos un llamado al Congreso de la República, a supervisar y lograr un adecuado reglamento que reconozca el espíritu de la ley. CONVEAGRO impulsó la promulgación de esta Ley en el marco del II PLENO AGRARIO y la defenderemos con la razón, corazón y convicción.  Es nuestro compromiso asumido desde el año 1994.


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