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  • jueves 18 de abril del 2024

Ley Agraria: Nueva propuesta de la Comisión de Economía

La comisión consideró que el trabajador agrícola percibirá una Bonificación Especial por Trabajo Agrario (BETA) del 20% de la RMV, con carácter no remunerativo.

26 de diciembre del 2020

La Comisión de Economía del Congreso de la República reprogramó para hoy la sesión para debatir la nueva Ley Agraria. Esto luego que el pasado 24 no se consiguiera el quorum para sesionar.

Algunas de las precisiones de la nueva propuesta del dictamen es que la remuneración básica no puede ser menor a la remuneración mínima vital (RMV). Además que las gratificaciones legales equivalgan a 16.66% de la remuneración básica y la compensación por tiempo de servicios equivale a 9.72% de la remuneración básica.

También se consideró que el trabajador agrícola percibirá una Bonificación Especial por Trabajo Agrario (BETA) del 20% de la RMV, con carácter no remunerativo.

Estos son otros derechos laborales que contempla adicionalmente la propuesta de la comisión de Economía, que preside el parlamentario Anthony Novoa:

  • Se acogen al TUO del DL 728.
  • Jornadas en 8 horas diarias o 48 horas semanales.
  • Remuneración básica no menor a la RMV (remuneración mínima vital. Reconoce CTS y gratificaciones (16.66% y 9.72%, respectivamente).
  • Bono Especial para Trabajador Agrario (BETA) 20% de la RMV, no remunerativo. Se puede pagar mensual o prorrateado diario.
  • Reconoce vacaciones de 30 días.
  • Se pagan RD si se laboran por lo menos 4 horas diarias promedio.
  • Indemnización por despido arbitrario de 45 RD por c/360 días, fracciones anuales en doceavos o trintavos.
  • Horas extras se pagan con las remuneraciones
  • Hora extra: 35% las dos primeras, 35% las siguientes.
  • Utilidades de 5%, se tiene derecho a ellas desde el primer día de trabajo.
  • Prohíba la tercerización excepto los caos ocasionalidad y suplencia (Ley N° 27626) y las actividades especializadas (Ley N° 29245).
  • Asignación familiar (Ley N° 25129)
  • Jornada nocturna (10 am a 6 am) sobretasa de 35% de la RMV)

 

 

 


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