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Según la Ley Nº 31361, se impulsará comercialización de guano de isla y organizar su distribución en coordinación con entidades del sector agrario.
El Poder Ejecutivo promulgó este viernes la Ley Nº 31361, que “prioriza la comercialización directa del guano de isla en favor del agricultor familiar”, con el propósito de garantizar el crecimiento sostenido y la productividad de los pequeños productores del campo.
La norma lleva las rubricas del presidente, Pedro Castillo, y la presidenta del Consejo de Ministros, Mirtha Vásquez.
El dispositivo modifica la Ley 26857, que creó el Proyecto Especial de Promoción del Aprovechamiento de Abonos Provenientes de Aves Marinas.
Con los cambios realizados, a partir de la fecha las atribuciones y funciones del Proyecto Especial serán: c) comercializar el guano de isla y organizar su distribución en coordinación con las entidades competentes del sector agrario, considerando en primer orden de prioridad la comercialización hacia el agricultor familiar a nivel nacional.
Además, la norma estipula como medida complementaria que se entiende la comercialización directa la compraventa realizada entre el Proyecto Especial de Promoción del Aprovechamiento de Abonos Provenientes de Aves Marinas, absorbido mediante el Decreto Supremo 014-2008-AG por el Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural (AGRO RURAL), y el agricultor familiar.
Además, en 30 días, el programa Agro Rural, adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri), adecuará las normas internas.
Por su parte, el ministro de Desarrollo Agrario y Riego, Víctor Maita, señaló que el compromiso del Gobierno es proveer de fertilizantes accesibles a los pequeños productores de la agricultura familiar, lo que permitirá garantizar la producción de alimentos de la campaña agrícola 2021-2022.
Para ello, el ministro recordó que desde el mes de septiembre, el Midagri lanzó la campaña nacional de apoyo a la agricultura familiar con abonos alternativos, como la gallinaza y el guano de isla en más de 10 regiones.
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